Trámites previos

 

Reglamento al Código de Minería

 

Artículo 29: Trámites previos a presentación de solicitud al R.N.M

 

De previo a presentar la solicitud al Registro Nacional Minero el interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos:

 

1- Elaboración del Estudio de Impacto Ambiental, para lo cual, el interesado llenará el Formulario de Evaluación Ambiental Previa que dispone  la Secretaría Técnica Nacional Ambiental, y presentará  este formulario completo unido a escrito de solicitud indicando lugar para oír notificaciones de conformidad con el artículo 91 del Código de Minería, a la Dirección de Geología y Minas, la cual respetando el principio de “ Primero en tiempo, primero en derecho”  certificará fecha y hora de recepción del formulario, hará una reserva temporal del área de interés y lo remitirá en un plazo de  cinco días a trámite ante la Setena, otorgando al interesado un plazo de 6 meses en ese acto para que le presente copia certificada del Formulario para la Elaboración de los Términos de Referencia.

A partir de la fecha de notificación del Formulario para la Elaboración de los Términos de Referencia, el interesado cuenta con dos meses para presentar a la DGM una certificación del recibido de Setena de su estudio de impacto ambiental elaborado, sujeto además a los artículos 101 y 102 del Código de Minería. Esa Dirección podrá en cualquier momento verificar la veracidad de tal certificación.

Si el interesado no cumpliere a cabalidad con los plazos aquí consignados, será archivada su solicitud y el área liberada de inmediato.

Una vez aprobado por Setena el EsIA, el interesado cuenta con un plazo perentorio de 15 días para formalizar su solicitud ante la DGM.

Si el EsIA es rechazado, la SETENA debe notificarlo a la DGM para que se libere el área.

 

2- Certificación del Sistema Nacional de Areas de Conservación ( SINAC), con fecha de otorgamiento no mayor a tres meses, en la que conste que el área de interés no se encuentra dentro de alguna área silvestre protegida.  D.E. 29677-MINAE

 

 

 

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